Bono de 1485 soles para bomberos: fechas y desde cuándo cobrar
hace 1 año
La congresista Katty Ugarte Mamani presentó el Proyecto Legislativo N° 6248/2023-CR, con la finalidad de entregar un bono 2023 de 1485 soles para los bomberos voluntarios del Perú. Según la iniciativa legislativa, se trata de un apoyo económico del 10 % de la UIT (495 soles en el 2023), que se entregaría en febrero, julio y diciembre por los conceptos de escolaridad, Fiestas Patrias y Navidad.
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De esta manera, los bomberos voluntarios del Perú recibirán un bono anual de 1485 soles, en total.
¿Cuáles son los requisitos del bono 2023 para bomberos?
El referido proyecto de ley precisa que los beneficiarios del bono de 1485 soles será para todos los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú — CGBVP, que se encuentren en actividad y que participen de acciones operativas y/o de emergencia.
¿Cuándo pagarán el bono de 1485 soles para bomberos?
Aún no se sabe cuándo pagarán el bono de 1485 soles para bomberos, debido a la iniciativa recién se presentó el 26 de octubre y aún debe pasar por la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República y la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas.
Posteriormente, se enviará al Pleno. De aprobarse, se promulgará en el diario oficial El Peruano y una vez allí los bomberos podrán acceder a este bono.
Proponen bono de 9900 soles
A través del Proyecto de Ley N°6160 /2023-CR, se propone un bono de 9900 para los bomberos del Perú. Este subsidio de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), deberá entregarse en tres armadas: en febrero, julio y diciembre.
"El bono mencionado en el artículo precedente es de naturaleza extraordinaria y excepcional, no tiene naturaleza remunerativa. Además, se otorga por única vez a todos los bomberos, que se encuentre en actividad y que participe de acciones operativas y/o de emergencia". Así se lee en el referido proyecto.
En sus disposiciones complementarias menciona que el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 60 días calendario para reglamentar la norma una vez que entre en vigencia.
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